Se aprobaron por unanimidad reformas al Código Penal del Estado para incrementar sanciones que castigan la violencia familiar, así como para ampliar causales del delito de feminicidio.
La pena para el delito de violencia familiar pasó de ser de dos a siete años a contemplar de tres a ocho años. También se considerará agravante del delito si se comete contra una mujer embarazada o que haya dado a luz en los últimos seis meses, la condena puede aumentar hasta los 12 años.
Por otra parte, por la condición de embarazo podrá acreditarse que fue una agresión por razones de género; y si la víctima sobrevive, pero no el feto o sufre afecciones, se impondrá la sanción por tentativa de feminicidio (desde 10 hasta 30 años de prisión).
En Realidad… estas reformas representan un avance en materia de justicia, no obstante, las autoridades deben recordar que lo importante y urgente es crear planes para la prevención de este tipo de delitos, que ayuden a arreglar la problemática de violencia, en lugar de solo pensar en correcciones después del delito.
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